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¿Qué son?

Es el procedimiento para descubrir la protección contra el paso del ruido entre dos estancias, emisora y receptora.

El aislamiento acústico a ruido aéreo es la capacidad de un paramento separador entre dos espacios o recintos distintos para reducir el nivel de presión sonora entre el emisor y el receptor.

La Normativa actual nos puede exigir un determinado valor mínimo a conseguir, en función del uso de las estancias colindantes, Acústica Sansegundo por lo tanto es muy importante ser conocedor de todas las normativas que nos puedan afectar, ya que para cada una de ellas, ese valor puede ser diferente.

El parámetro de medida habitual para clasificar el aislamiento acústico a ruido aéreo entre in situ dos estancias, es el DnTA , mientras que si la medición se realiza en laboratorio, será RA , en ambos casos medidos en dBA.

DnTA (diferencia de niveles estandarizada), es la diferencia es la diferencia de valores emisor y receptor relativa a un valor de referencia del tiempo de reverberación del recito receptor.

RA es el aislamiento acústico a ruido aéreo de un elemento separador en dBA, medido en laboratorio.

El dato del laboratorio se ha obtenido sin transmisiones de flanqueo, y al instalar ese paramento en una situación real de la edificación, el valor siempre será inferior, Acústica Sansegundo disminuyendo aproximadamente  entre 4 y 8 dBA, según los casos.

En el Catálogo de Elementos Constructivos del DBHR, podemos conseguir el RA para una gran cantidad de paramentos.

 

Pasos a seguir

SALA EMISORA : Al analizar dos estancias, en la emisora mediante un equipo de sonido (fuente dodecaédrica), se emitirá un ruido normalizado (ruido rosa) con un nivel de presión sonora (L1) generalmente por encima de los 90 dBA, registrando además la composición del espectro sonoro en tercios de octavas entre 100 y 4000Hz.

 

SALA RECEPTORA:

Paso 1 : Una vez situados en la sala receptora, volvemos a emitir el mismo nivel sonoro en la emisora y procedemos a registrar el Acústica Sansegundo valor del nivel sonoro (L2) que le llega, registrando los valores nuevamente en tercios de octavas entre 100 y 4000Hz.

PASO 2 : Una vez apagada la fuente de ruido, se mide el nivel ambiental (B) existente en la sala, ya que puede influir en el valor (L2).

PASO 3 : Se ha de medir el tiempo de reverberación, ya que las condiciones de absorción/reflexión en esta estancia, influyen en al valor receptor registrado.

 

VOLCADO DE DATOS:

Antiguamente los valores se anotaban de forma manual, pero en la actualidad con los medios y sonómetros disponibles, se realiza de forma automática.

Los datos de campo registrados en el sonómetro, se vuelcan al ordenador mediante  programas informáticos, con los cuales se consigue el valor de aislamiento medido.

El parámetro DnTA en dBA nos indicará la protección contra el ruido entre las dos estancias analizadas.

COMPARACIÓN CON LA NORMATIVA:

El Código Técnico DBHR o las Ordenanzas Municipales, nos establecen los valores mínimos de aislamiento a conseguir en función del uso de las estancias colindantes.

Por ejemplo, entre dos dormitorios de distintas viviendas, el valor DnTA según el DBHR, ha de ser al menos de 50 dBA, mientras que el grado de aislamiento exigido por la Ordenanza OPCAT de Madrid entre un bar de copas y un dormitorio colindante, ha de ser superior a 75 dBA.

 

ELABORACIÓN DEL INFORME

Tras conocer los valores obtenidos in situ y compararlos con la normativa correspondiente, se redactarán las conclusiones, Acústica Sansegundo indicando el cumplimiento o no de la misma.

Adicionalmente el informe o dictamen, puede ser más completo si además se solicita que se incluyan las medidas correctoras necesarias para incrementar el aislamiento y alcanzar el valor DnTA necesario.

En el caso de colindancia entre un recinto protegido en planta 1º y un local de pública concurrencia en planta baja, la recomendación de la ejecución de un techo flotante suspendido con amortiguadores, es una de las medidas correctoras más usuales para incrementar el aislamiento hasta los valores exigidos.

  Dónde se suele practicar

Dos son los casos en los cuales se solicita el grado de aislamiento acústico por parte de la Administración:

  • DBHR : mediante la comprobación del DnTA entre dos recintos (protegidos, habitables, de instalaciones, ruidosos, etc.) entre dos unidades de uso distinto, por ejemplo dormitorio – dormitorio, cuyo valor in situ se ha de comparar con la exigencia. En algunas Comunidades Autónomas es obligatoria su comprobación, en otras, no.

En la elaboración de un proyecto, el arquitecto está obligado a justificar mediante unas fichas descriptivas, el cumplimiento del Acústica Sansegundo aislamiento con los sistemas constructivos que ha utilizado.

 

  • ORDENANZAS MUNICIPALES : En la mayoría de ellas es necesaria la comprobación del DnTA entre una actividad y un recinto protegidos, por ejemplo entre un restaurante y un dormitorio directamente colindante con él, cuyo valor se ha de comparar con la exigencia, para verificar su cumplimiento.

 

En ambos casos la relación entre el aislamiento conseguido DnTA y el nivel sonoro transmitido entre ambos es muy importante. Si se consigue el aislamiento mínimo, el posible sonido transmitido será razonable, si no se alcanza y además la emisión es elevada, la molestia estará garantizada .

 

Antes de que vaya el Ayuntamiento a comprobar el aislamiento acústico existente o el nivel sonoro transmitido , es recomendable contratar los servicios de un consultor acústico quien le podrá alertar de la existencia de un incumplimiento, con un ahorro importante de dinero, ya que si el incumplimiento lo determina el propio Ayuntamiento, puede acarrear sanciones importantes.

🚩 Vivienda-vivienda: ¿Cuál es el aislamiento necesario para no escuchar al vecino?

Aunque el DBHR pide un aislamiento DnTA>50 dBA, realmente es una exigencia baja y el confort no se consigue. Las Normativas evolucionarán y se incrementarán unos 4 dBA para conseguir un grado de confort aceptable.

🚩 Bar-vivienda: ¿Cuál es el aislamiento necesario para no escuchar al bar?

En Madrid la OPCAT (Ordenanza de ruidos) para un local TIPO1, con aforo inferior a 100 personas y sin equipos de reproducción sonora, pide un aislamiento DnTA>60 dBA. Este aislamiento acústico es necesario, pero no garantiza totalmente el no escuchar la actividad del local.

🚩 ¿Cuánto cuesta incrementar el aislamiento acústico?

Como es comprensible es muy variable. Dependerá de:

-Del aislamiento inicial antes de insonorizar.

-De la exigencia de la Normativa.

-Del nivel de ruido del emisor y sus colindancias con recintos protegidos.

-Del proceso de ejecución y el sistema de insonorización empleado.

 

En términos generales y con una horquilla que abarque casos sencillos a otros complejos, cada metro cuadrado tratado puede oscilar entre 35€ a 180€

🚩 ¿Tengo que realizar una medición acústica del aislamiento inicial?

Sí. Es conveniente saber cuál es el punto de partida para comparar con el valor que nos exige la Normativa y elegir el sistema más eficaz para cada caso.

Si no parte del dato inicial, se trabaja a ciegas y no se conocerá el rendimiento de los materiales instalados.

Puede que al medir descubramos que el aislamiento ya lo tenemos, por lo tanto no sea necesario gastar el dinero de forma innecesaria.

🚩 ¿Cuánto cuesta una medición acústica?

El número de pruebas a realizar en un mismo trabajo, condiciona el coste unitario de ellas. No obstante a partir de 350€/unidad pueden valorarse las mediciones, valor que se incrementará en función del tipo de informe o dictamen acústico que se solicite.